Empatía con la discapacidad

El autor es Arquitecto, Licenciado en Derecho, Maestrante en Protección Civil y Gestión de Emergencias

De acuerdo con la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, presentada en 2001, las personas con discapacidad “son aquellas que tienen una o más deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales y que al interactuar con distintos ambientes del entorno social pueden impedir su participación plena y efectiva en igualdad de condiciones a las demás”.

En México, según el Inegi en el año 2000, las personas que tenían algún tipo de discapacidad eran un millón 795 mil; en 2014, 7.65 millones de personas que representaban al 6.4% de la población del país, es decir, en 14 años se incrementó en casi 6 millones de personas.

La esperanza de vida ha aumentado. En 2016 era de 75.2 años, ello no quiere decir que represente una mejor calidad de vida, estadísticamente observamos lo contrario, la curva de la discapacidad nos señala una tendencia creciente; el 77% se debe a enfermedad, accidentes o edad avanzada, poco más del 37% es por discapacidad motriz, censalmente 2.4 personas de cada 100 tienen dificultad para trasladarse.

Al no mostrarnos empáticos con este grupo vulnerable, parece que desconocemos que el Artículo Primero de nuestra Carta Magna en su reforma del año 2011 dice que en México todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la propia Constitución y en los tratados internacionales de los que es parte, así como de las garantías para su protección, su ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse.

Nos dice además que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

Con dicha reforma se promulga la ley que castiga la discriminación, contemplando en la nueva Ley General para la inclusión de las personas con discapacidad, la prohibición de prácticas discriminatorias y la creación de un Consejo Nacional que se dedique a este tema, esta norma sustituyó la creada en el año 2005.

En aquella época, la organización civil Disability Rights International publicó un informe donde decía que en México eran frecuentemente violados los derechos fundamentales de las personas con discapacidad. Como sabemos, en nuestro marco jurídico sólo una autoridad o servidor público puede violar los derechos humanos, ya que según palabras del exombudsman Raúl González Pérez, “cuando un particular realiza una conducta que afecta o vulnera a otra persona, en todo caso estará cometiendo un delito”, que es del tipo penal y cuya persecución y sanción corresponderá previa denuncia, a las autoridades del ministerio público y judicial respectivamente.

¿Estamos preparando nuestros establecimientos para la accesibilidad e inclusión y no violar Derechos Humanos? Les deseo un Feliz Año 2020.

 

El autor es Arquitecto, Licenciado en Derecho, Maestrante en Protección Civil y Gestión de Emergencias.