Siempre habrá una esperanza para tener una pensión del IMSS
Siempre habrá un objetivo, una meta o un sueño al final de tu recorrido laboral y es que obtengas el premio al esfuerzo que durante muchos o pocos años cotizaste en una institución de seguridad social llámese, IMSS, Issste o Isssteson: la pensión. Hoy hablaremos sobre el procedimiento para obtenerla después de haber cotizado durante años y sobre las personas que lo hicieron en el seguro social. A continuación, diremos cómo obtener una pensión que, aunque sea menor, es un dinerito que te ayudará en tu camino en la edad que más lo necesitas y un apoyo económico
considerable.
Como dice esta columna: siempre habrá una esperanza para poder obtener una pensión IMSS, pues hay un artículo en la Ley del Seguro Social que dice que las pensiones son inextinguibles: mientras haya vida hay esperanzas y aun después de fallecido existe una oportunidad para que tus beneficiarios la tengan.
El requisito que se solicita es que al fallecer estés en conservación de tus derechos. El artículo dice lo siguiente:
Artículo 301. Es inextinguible el derecho al otorgamiento de una pensión, ayuda asistencial o asignación familiar, siempre y cuando el asegurado satisfaga todos y cada uno de los requisitos establecidos en la presente Ley para gozar de las prestaciones correspondientes. En el supuesto de que antes de cumplir con los requisitos relativos a número de cotizaciones o edad se termine la relación laboral, el asegurado no habrá adquirido el derecho a recibir la pensión; sin perjuicio de lo anterior, para la conservación y reconocimiento de sus derechos se aplicará lo dispuesto en los artículos 150 o 151 de esta Ley, según sea el caso.
Por lo dicho en el artículo anterior, siempre habrá un hueco para que logres obtener una pensión sin importar el tiempo que tengas sin cotizar o aunque hayas fallecido.
¿Qué debo hacer desde hoy?
Verificar tu estatus de semanas cotizadas ante el IMSS y de ahí hacer un plan y una estrategia para recuperar esas semanas. ¿Cómo podrás obtener una pensión? Si ya falleciste, ¿qué debe hacer tu beneficiaria o beneficiario para obtener una pensión?
He consultado cientos de derechohabientes del seguro social y cada caso ha sido diferente, pero para cada uno hay una solución y, a continuación, te diré qué hacer: Si estás sin cotizar desde hace
años, la estrategia es hacerlo una vez al año con tu patrón, pero, si es probable que digas "ya no hay oportunidad de que me contraten en un trabajo", no te preocupes, existen formas para hacerlo.
Puedes consultar a una persona que conozca del tema y él te orientará para conseguir la pensión.
Si en dado caso falleces, existe la oportunidad de que tus beneficiarios puedan tramitarla. Ellos también deben consultar a un especialista que les pueda decir los caminos que deben seguir. Si por algunas circunstancias una no les alcanzara, entonces recibirían el total de lo que el fallecido acumuló en su afore, pero siempre habrá alguna oportunidad de tener el dinero de tu pensión o de lo que ahorraste en tu afore y también de liquidar los adeudos que tenía el finado.
Por todo lo anterior, si tienes vida, hay siempre una esperanza y, si ya falleció el derechohabiente, hay un dinero que recuperá. Además, de manera automática, podrá saldar las deudas que contrato el fallecido para que así los beneficiarios no se queden con la deuda.
El que escribe esta columna tiene 24 años de experiencia y sabe cómo apoyarte en tu pensión o liquidación de la deuda que dejó el fallecido. Especialista en Pensiones
eduardo.lopez.gnp@gmail.com