Todas las madres que alguna vez cotizaron al Seguro Social, aún tienen derecho a una pensión
Esta información es un regalo de nuestro periódico EXPRESO y de un servidor para todas las madrecitas que fue este diez de Mayo pasado, pero para mí todos los días son días de esas guerreras que de todo la hacen en nuestro hogar, ingenieras, doctoras, electricistas, réferis cuando separan a los hermanos y más y también es un reconocimiento a esas mujeres que dieron vida y que lucharon porque su fruto saliera adelante hasta ser autosuficientes, ahora que todo lo lograste tú, madre, tu única responsabilidad es ser feliz.
Feliz Día de las Madres, tarde, pero sin sueño.
Muchas de nuestras queridas madres que alguna vez cotizaron y por casarse o después de tener un hijo dejaron de cotizar, aún hay una oportunidad de que puedan tener una pensión, no importa la edad ni el tiempo cotizado, solo consulta a alguien que te haga un plan y una estrategia y podrás obtener eso, que por un tiempo luchaste y que al final del camino obtendrías que es el derecho a una pensión del IMSS
La ley del seguro social, como todas las leyes son interpretativas, y muchos no la sabemos interpretar y por lo tanto nos vamos con la idea de que si hace mucho que no cotizas, ya perdiste tus derechos a una pensión y es más, si tu compadre, la vecina, el señor del changarro o alguien que te encontraste en alguna parte, te dice, “a mí me pasó lo mismo y me dijeron que ya no tenía derecho a una pensión”, es muy importante que cada caso de cada persona es distinto y nunca hay que perder la esperanza, por eso consulta al que sabe.
Muchos derechohabientes del IMSS, que cotizaron semanas en sus trabajos anteriores y ya no cotizan hace varios años, ellos creen que al llegar a 500 semanas cotizadas (mínimo de semanas requisito para obtener una pensión) ya se sienten con el derecho a reclamar una pensión, pero existe en la ley, que, si ellos cumplieron el requisito mínimo, hay algo que los frena de solicitar esa pensión y es porque perdieron su conservación de derechos a obtener la misma.
Les diré por qué no tienen derecho y como pueden recuperar esas semanas que cotizaron y obtener una pensión y se llama Conservación de derechos y reconocimiento de derechos, y a continuación les digo aquí lo que dice la ley y como se puede explicar con peritas y manzanas.
Conservación de Derechos Artículo 150. Los asegurados que dejen de pertenecer al régimen obligatorio, conservarán los Derechos que tuvieran adquiridos a pensiones en el seguro de invalidez y vida por un período igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contado a partir de la fecha de su baja. Esto también aplica para pensión por cesantía.
Reconocimiento de Derechos Artículo 151. Al asegurado que haya dejado de estar sujeto al régimen obligatorio y reingrese a éste se le reconocerá el tiempo cubierto por sus cotizaciones anteriores, en la forma siguiente:
I. Si la interrupción en el pago de cotizaciones no fuese mayor de tres años, se le reconocerán, al momento de la reinscripción, todas sus cotizaciones.
II. Si la interrupción excediera de tres años, pero no de seis, se le reconocerán todas las cotizaciones anteriores cuando, a partir de su reingreso, haya cubierto un mínimo de veintiséis semanas de nuevas cotizaciones.
III. Si el reingreso ocurre después de seis años de interrupción, las cotizaciones anteriormente cubiertas se le acreditarán al reunir cincuenta y dos semanas reconocidas en su nuevo aseguramiento.
Los que cotizamos en la vieja ley del IMSS tenemos esa ventaja de no perder el derecho a una pensión, solo anímense a solicitar información y todo saldrá bien.
El que escribe en esta sección es una especialista en pensiones, con 25 años de experiencia en el ramo y sabe cómo pueden obtener la pensión, solo es hacer una estrategia que deberán seguir y, es más, también pueden tener una pensión más jugosa que si no lo consultaran. Hemos hecho que mucha gente sea feliz y que viva el resto de su vida con una excelente pensión. Si eres el esposo el que lee esta columna, platícalo con tu esposa. Especialista en Pensiones eduardo.lopez.gnp@gmail.com