AMLO busca prohibir transporte de carga al AICM
En paralelo al decreto con el que el presidente Andrés Manuel López Obrador alista prohibir el acceso de transporte de carga al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), su iniciativa para reformar la Ley de Aeropuertos y a la Ley de Aviación Civil abre la posibilidad de que aerolíneas internacionales trasladen carga en territorio mexicano a través del cabotaje.
Además, la restricción de que esas operaciones lleguen al AICM benefician directamente al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), que sería el único aeropuerto abierto al transporte de carga conurbado a la capital del país.
De acuerdo con la iniciativa, que envió el pasado 15 de diciembre de 2022, la nueva regulación del cabotaje establece: "Se hace necesaria una nueva regulación del cabotaje en la Ley de Aeropuertos, lo que implica la posibilidad de que aerolíneas extranjeras puedan realizar operaciones de transporte de las personas pasajeras, carga y correo, o una combinación de estas, entre dos puntos del territorio nacional, lo que además permitirá incrementar el turismo, una de las principales fuentes de ingreso del Estado mexicano".El proyecto se suma a la serie de acciones que el Gobierno Federal ha implementado para fortalecer la operatividad del AIFA, en concordancia con el "documento base para dar cumplimiento a la Instrucción Presidencial para incrementar las operaciones aéreas en el AIFA", fechado el 15 de abril de 2022 y que fue revelado en los Guacamaya Leaks.
Este oficio ordena a las Secretarías de Infraestructura, Comunicaciones y Transporte, Turismo, Relaciones Exteriores y Defensa, realizar "las acciones necesarias" para que las aerolíneas de otros países, como Emiratos Árabes Unidos, Portugal y Turquía, puedan realizar las rutas Cancún-Santa Lucía-Cancún-Países de origen.
La iniciativa presidencial permite también a la Agencia Federal de Aviación Civil emitir las reglas de tránsito aéreo, establecer la asignación de horarios de aterrizaje y despegue "y las prioridades de turno de las aeronaves en los aeródromos civiles declarados en condiciones de saturación".
Además, la faculta para "disponer el cierre parcial o total de aeródromos civiles, cuando no reúnan las condiciones de seguridad para las operaciones aéreas".