Registran a primer bebé con apellido materno al inicio en Hidalgo

Lucia Ángeles Godínez se convirtió en la primera niña en Hidalgo en ser registrada con el apellido materno.
Foto: (Archivo/EXPRESO).

PACHUCA, HGO.- Lucia Ángeles Godínez se convirtió en la primera niña en Hidalgo en ser registrada con el apellido materno, para lo cual sus padres tuvieron que realizar una lucha legal de cinco meses, juicio que en adelante ya no se tendrá que ejecutar debido a que el Congreso local aprobó una reforma a la Ley de la Familia sobre la prelación de los apellidos.

De acuerdo con Yolanda Molina, de la organización México Igualitario, otorgaron acompañamiento a Edna Ángeles y Gustavo Godínez, padres de la menor, quienes en diciembre decidieron registrar a la infante con el apellido materno en primer término.

Sin embargo encontraron negativas en los registros civiles de Actopan, El Arenal y Pachuca, por lo cual iniciaron una amparo en contra de la Dirección del Registro del Estado Familiar del Estado de Hidalgo, ante el cuarto juzgado de distrito.

Finalmente el 23 de marzo se logró el registro, sin embargo por motivos legales su caso apenas se dio a conocer.

Este tipo de acciones legales dijo quedarán en el pasado, una vez que se publique la reforma a la ley que fue aprobada este día.

Los diputados del Congreso local avalaron con 23 votos a favor una reforma al artículo 416; las fracciones I y III del artículo del artículo 417 y se deroga la fracción II del artículo 417 de la Ley paga la Familia del estado de Hidalgo.

Estas reformas forman parte de las observaciones que realizó el ejecutivo a la iniciativa presentada con anterioridad por la legisladora panista Claudia Lilia Luna.

Con esta aprobación el acta de nacimiento se inscribirá con la asistencia de dos testigos designados por las partes interesadas; contendrá nombre, año, mes, día, hora y lugar de nacimiento, el sexo del infante, sin que por motivo alguno pueda omitirse la razón de si se presenta vivo o muerto.

Los apellidos se pueden escoger de común acuerdo y mediante escrito de ambos progenitores, madres o padres o de adoptantes.

En caso de que acuda solo uno de los progenitores este será quien determine el orden de los apellidos.

De no existir acuerdo, el Oficial del Registro del Estado Familiar determinará el orden del apellido y si hay reconocimiento judicial, el Juez será los que decidirán el orden que deban llevar los apellidos, debiendo escuchar a las partes.

En esta ley también se garantizan el respeto de las familias homoparentales y lesbomaternales.

EXP/UNI/EV/OCT/2020