¿Sabías que ya puedes solicitar apoyo para gastos funerarios por Covid? Aquí te decimos cómo
CIUDAD DE MÉXICO.- En la conferencia mañanera de este martes del presidente Andrés Manuel López Obrador, se anunció un apoyo a familiares de personas fallecidas por Covid-19.
¿En qué consiste?
El director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo, señaló que el apoyo es de 11 mil 460 pesos para contribuir con los gastos de servicios funerarios.
Es solidario, universal y directo. “Sin importar su condición social, si tienen o no seguridad social o la condición económica de quien lo solicite”, refirió Robledo.
Se necesita acceder a la plataforma www.deudoscovid.gob.mx para solicitarlo.
Para tramitarlo, se tendrá un plazo de un año, a partir de la defunción del familiar, entre el 18 de marzo, cuando se registró la primera muerte, y hasta la publicación de la declaración oficial del fin de la emergencia sanitaria.
Sólo se entregará un apoyo por cada persona fallecida.
El DIF es la institución que está encargada de proporcionar este apoyo.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Familiares de la persona fallecida mayores de 18 años. (Esposo, esposa o pareja, hijas o hijas, así como padre o madre).
¿Cuáles son los requisitos?
-Acta de defunción por Covid-19.
-Declaración bajo protesta de decir la verdad que dicho apoyo será utilizado para la recuperación económica familiar, derivada del gasto funerario.
-Acreditar parentesco.
Se puntualizó que una vez recibida la solicitud, se tendrá un tiempo de espera de una semana; si no se presenta una segunda solicitud, se genera el pago; y si algún otro familiar solicita el apoyo, deberán dirimir la controversia.
¿Cuáles son los 5 pasos para obtener el apoyo?
1.-Registrar la CURP y los datos de la persona fallecida, así como adjuntar el acta de defunción por Covid-19.
2.- Registro de beneficiario: registrar CURP y datos generales, así como adjuntar una identificación oficial y documento que acredite el parentesco.
3.- Determinar el medio de entrega del apoyo, que se otorgará mediante transferencia bancaria o por generación de folio para otra forma de pago.
4.- Declarar bajo protesta, decir verdad de que el recurso es para la recuperación de la economía familiar.
5.- Generación de folio de solicitud para su posterior pago.
Se prevén escenarios, para cumplir con la universalidad, en caso de que personas no tengan internet o no cuenten con cuentas bancarias.
Se puede acudir a cualquier oficina del DIF en caso de que el solicitante no cuente con documentación.
La plataforma empezará a recibir las solicitudes a partir del miércoles 2 de diciembre.