Así quedan vacaciones de acuerdo con la antigüedad en la empresa

El Gobierno federal publicó el decreto que hace oficial la reforma a Ley Federal del Trabajo para elevar el periodo vacacional anual para los empleados en México.
Foto: Especial / EXPRESO.

 El decreto de reforma en materia de vacaciones, publicado este martes 27 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entra en vigor el 1 de enero de 2023.

 Con el aumento de vacaciones, éstas pasan de 6 a 12 días mínimo por un año de trabajo, y se podrán tomar en días seguidos o separados.

Se reformaron los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, para quedar así:

 Artículo 76.- Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a 12 días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a 20, por cada año subsecuente de servicios. A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

 Artículo 78.- Del total del periodo que le corresponda conforme a lo previsto en el artículo 76 de esta Ley, la persona trabajadora disfrutará de 12 días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.

Así quedan las vacaciones de acuerdo con la antigüedad en la empresa de los empleados:

  • 1 año de servicio: 12 días laborables de vacaciones
  • 2 años: 14 días
  • 3 años: 16 días
  • 4 años: 18 días
  • 5 años: 20 días
  • 6 a 10 años: 22 días
  • 11 a 15 años: 24 días
  • 16 a 20 años: 26 días
  • 21 a 25 años: 28 días
  • 26 a 30 años: 30 días
  • 31 a 35 años: 32 días

 Las modificaciones son aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de entrada en vigor del decreto, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras.