Cómo realizar la declaración anual ante el SAT
Con el fin de comprender a detalle qué es la declaración anual y cuándo debe llevarse a acabo dicha obligación fiscal, e Media se contactó con la contadora general de la empresa LG AUTOMATION S.A DE C.V, Alexia Fernanda Bracamonte León.
"La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) nos indica que están obligados al pago de impuestos las personas físicas y morales que perciban ingresos por las actividades que en su caso realicen. Para ello, existen varios regímenes tributarios en los cuales pueden figurar, dependiendo de las actividades económicas que realicen. Dependiendo del régimen en el que se encuentren son las obligaciones fiscales que la autoridad nos señala, ya que cada uno cuenta con consideraciones distintas", explicó Bracamonte.
La experta detalló que tanto las personas físicas como morales deben realizar dicha declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), sin embargo, existen diferencias significativas entre ambas en términos de cómo se lleva a cabo este proceso y qué información se debe proporcionar.
"Para la persona física, la declaración anual se realiza a través del formulario 'Declaración Anual de Personas Físicas', utilizando el RFC y contraseña o la e-firma. Además, deben declarar otros ingresos como los provenientes de arrendamiento, intereses, dividendos, entre otros", señaló.
En el caso de las personas morales, según Bracamonte León, la declaración anual puede ser realizada en línea o mediante una cita, la cual contiene información precargada correspondiente a ingresos, retenciones realizadas a terceros, nómina, información financiera declarada del ejercicio anterior, entre otros.
"La fecha límite para la declaración anual del ejercicio 2023 de personas morales fue el 31 de marzo, y para personas físicas será el 30 de abril del año en curso", informó.
Obligación de los mexicanos
La contadora general de LG AUTOMATION S.A DE C.V mencionó que realizar la declaración anual de manera correcta y oportuna es crucial, no solo por cumplir con las obligaciones fiscales como contribuyentes, sino porque la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es obligación de los mexicanos contribuir a los gastos públicos de manera proporcional y equitativa.
"La ley nos especifica que, de no cumplirse las obligaciones fiscales en tiempo y forma, existen multas y sanciones que varían económicamente dependiendo de la omisión que se haya realizado, y una vez que se omita una obligación, comienzan a calcularse también recargos y actualizaciones, lo cual impacta significativamente a la empresa. Adicional que nos afecta en no contar con una opinión de cumplimiento positiva para cualquier trámite que la empresa requiera”, agregó Bracamonte León.
Reparto de utilidades
En cuanto al reparto de utilidades en empresas, la licenciada afirmó que tanto las personas físicas como morales que hayan obtenido ganancias tienen la obligación de repartir las utilidades a los colaboradores, tal como lo establece la Ley Federal del Trabajo.
"El reparto de utilidades proviene de la declaración anual que se haya presentado, puesto que en ella se realiza el cálculo de utilidad que obtuvo la empresa y lo que se repartirá entre los colaboradores. En el caso que la empresa haya obtenido ganancia y omita el reparto de la misma puedes acercarte a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo para asesorías”.
Bracamontes León aconsejó acudir con expertos para recibir apoyo tanto en asesoría como en cumplimiento fiscales, ya que, de hacerlo sin el previo conocimiento, se puede caer en presentaciones de impuestos erróneas que pueden ocasionar multas y sanciones por correcciones o falta de información.
"Los invito a que nos apeguemos a lo que las leyes nos indican como buenos contribuyentes, acérquense a expertos en la materia sin temor a preguntar, las leyes son complejas, pero nunca imposible de entenderlas", añadió.
Aquellas personas interesadas en contactar a la contadora general Alexia Fernanda Bracamonte León, pueden enviar un correo electrónico a alexiabte@gmail.com.