AUDIO | Patrones pueden ser acreedores a multas en caso de no atener el acoso laboral

acoso laboral abogadoHERMOSILLO, SON.- La discriminación, acoso y hostigamiento son riesgos psicosociales en los centros de trabajo que los patrones tienen la obligación de prevenir, en caso contrario son sujetos a sanciones por la autoridad laboral, informó Alejandro Barrientos Garza, consejero presidente de la Federación de Abogados del Estado de Sonora.

Especial / EXPRESO.
"El castigo número uno es una multa, una multa que puede ponerle a un patrón la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), multas que pueden ser muy cuantiosas. Desde el 2012 una multa puede costarte desde 500 mil pesos y además puede ser multiplicada por eso número de trabajadores afectados o violaciones."

En este sentido los patrones deben atender las quejas y casos que haya en los centros de trabajo, instaurar mecanismos seguros y confidenciales para atender quejas de tipo psicosocial; desde la reforma laboral del año 2012 está prohibido que los patrones toleren estas conductas, por eso debe contar con esas instancias para demostrar ante la STPS que atiende las situaciones.

Añadió que el Reglamento de Salud y Seguridad en el Trabajo, distingue cuáles son los riesgos psicosociales de los conocidos como accidentes de trabajo, que son la angustia, el estrés, largas jornadas de trabajo junto con la discriminación, acoso y hostigamiento, los cuales también enmarca la Norma 33 que entró en vigor este año.

Enfatizó que es importante la difusión sobre el tema, porque lamentablemente es muy poca para ayudar a eliminar conductas que necesariamente deben cambiar entre los trabajadores, supervisores, patrones y empresarios, concluyó.

EXP/RL/FRU/MAY/2019