Libertad sindical, punto clave en el nuevo Modelo de Justicia Laboral
A partir de esa fecha y de acuerdo a esta nueva norma, los trabajadores tendrán plena facultad para decidir, sin discriminación y sin represalias su afiliación, el cambio o renuncia de su afiliación a algunos de ellos, puntualiza Olga Armida Grijalva Otero, Secretaria del Trabajo en Sonora.
“Los trabajadores podrán tomar parte en las decisiones más importantes del sindicato del que forma parte, eso se dará a través del voto personal libre y directo”.
Respecto a la negociación de los contratos colectivos de trabajo, explicó que tendrá que acreditarse el respaldo de al menos el 30 por ciento de los trabajadores, así como la aprobación de los acuerdos alcanzados con el patrón, informando de los resultados que se obtengan y si la mayoría de los trabajadores no aprueban el acuerdo, el sindicato podrá convocar una huelga o prorrogarla para negociar un nuevo contrato.
VIGENCIA DE LOS DERECHOS COLECTIVOSOtro de los puntos establecidos en el nuevo Modelo de Justicia Laboral, se refiere a la vigencia de los derechos colectivos, a través de la cual, explicó la funcionaria estatal se pone en manos de los trabajadores la vida de los sindicatos.
“Se prohíben las votaciones a mano alzada a través de delegados, fue una de las trampas, ya que votar a mano alzada pues queda al descubierto quien vota a favor o en contra y ahora se va al voto secreto, de tal forma que el trabajador ya no esté sujeto a represalias”.
Así también, la autoridad laboral tendrá la facultad de revisar la elección en cualquier momento a solicitud del sindicato o al menos del 30 por ciento de sus integrantes.
“En caso de irregularidades la elección será nula y la autoridad organizará una nueva“, explicó Grijalva Otero.
CONCENTRACIÓN SOCIAL PRODUCTIVAEn este apartado, destaca la desaparición de los contratos colectivos de protección y la libre asociación sindical.
“Diálogo responsable entre empleados y empleadores, donde la relación laboral tiene que estar sustentada en el diálogo permanente entre los dos actores de la producción y no verlos como enemigos”.
Expuso que esta reforma contempla también el uso racional de los recursos humanos, la capacidad productiva, la formación profesional y mejores salarios.
“La reforma contempla que si hay personal que destaca por sus habilidades o que no concluyó su instrucción, se les dará las oportunidades para mejorar en su empleo”.
COMPROMISOS CON EL T-MECOlga Armida Grijalva Otero, detalló que un punto fundamental que se plasma en esta modificación son los compromisos establecidos en el Tratado de Libre Comercio para América del Norte, ahora conocido como T-MEC.
“Cada cuatro años deberá consultarse si el sindicato conserva el respaldo de los trabajadores, lo quieran o no lo quieran, por obligación se tien que hacer para refrendar si le sigue dando el aval al sindicato”.
Además, el sindicato que desee negociar un contrato colectivo inicial, deberá acreditar el respaldo de un mínimo del 30 por ciento de los trabajadores, y en el caso de que dos sindicatos solicitan la misma constancia de representatividad, la autoridad organizará una consulta a los trabajadores para determinar cuál tiene el respaldo mayoritario.
“No será posible emplazar a huelga para solicitar la firma de un contrato inicial, si no se cuenta con la constancia de representatividad, esto evita que haya el famoso fraude o extorsión, todo va estar marcado en términos de la representatividad”.
APROBACIÓN DE CONTRATOS COLECTIVOSEste apartado establece que los trabajadores deberán aprobar los acuerdos negociados por su sindicato con los empleados sobre los términos del contrato colectivo.
“La consulta será convocada y organizada por el sindicato que solicite la firma o revisión contractual, para lo cual deberá darse aviso a la autoridad sobre la convocatoria y los resultados de la consulta".