Celebración con asteriscos

La Secretaría de Cultura tuiteó ayer el origen del “Me canso ganso” que tanto repite Andrés Manuel López Obrador.

Recuerda que fue dicha por Tin Tan (película “El niño perdido”, 1947):

“Me canso ganso/ dijo un zancudo/ cuando volar no pudo/ una pata se torció y la otra se le hizo nudo/ luego le dio la aftosa/ y hasta se quedó mudo/ Y ya mejor no le sigo/ porque luego yo sudo”.

El recordatorio permite reparar en que el ave zancuda (o mosquito) manifiesta estar cansada, lo contrario a lo que trata de transmitir el hombre que hace un año ganó la Presidencia de la República.

Coincidencias de la vida:

“Sí o sí. Me canso ganso”, es el título que María Amparo Casar y José Antonio Polo dan a su ensayo que publica “Nexos” con una reseña de actos ilegales o de dudosa legalidad del Presidente.

“Si se toma en serio la expresión de que habrá un auténtico Estado de Derecho, ‘al margen de la ley, nada; por encima de la ley nadie’, se debiera esperar un ‘comportamiento particularmente escrupuloso’ en lo que respecta a la legalidad de las acciones y proceder del Poder Ejecutivo. ‘No ha sido el caso”’, señalan, analizando un estudio de Mexicanos contra la Corrupción y Causa en Común.

Enlistan 20 “acciones ilegales”, siete que son debatibles y cuatro “leyes a modo”. 

Actos que “configuran una tendencia cuyo fin último es la ‘concentración y centralización’ de poder en el Presidente y un ‘ejercicio discrecional’ del mismo”.

Muchos de ellos “ya se encuentran en litigio ante las autoridades competentes”.

Como primer y más importante ejemplo rescatan el “memorable Memorándum” que AMLO dirigió a los titulares de Hacienda, Educación Pública y Gobernación el 16 de abril para dejar “sin efecto todas las medidas en las que se haya traducido la aplicación de la llamada reforma educativa”, lo cual “es nulo de pleno derecho. No puede decretarse la derogación de una norma constitucional a través de un documento administrativo sin validez jurídica. Constituye una ilegalidad ‘por los cuatro costados”’ porque “viola el artículo 16, primer párrafo que establece que todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado y responde al principio por el cual ‘ninguna autoridad puede hacer algo para lo que no esté expresamente facultada’; viola el 49 referente a la “división de poderes” en el que se expresa que “un poder no puede suplantar a otro”; viola el 89, fracción primera que obliga al Ejecutivo a aplicar en la esfera administrativa las leyes y demás normas jurídicas y viola los artículos 128 y 133 que obligan a todo funcionario a “cumplir y hacer cumplir la Constitución” y que transgrede la jerarquía normativa prevista en la Constitución. En este último caso no sólo se vulnera un precepto constitucional, sino que se instruye a tres de sus colaboradores a hacerlo”.

Pasada la fiesta de hoy, conviene leer el ensayo completo para que las futuras celebraciones no tengan mácula.

TAGS: