Tumban investigación en contra de Guillermo Padrés

padres fiscalia tumbanCIUDAD DE MÉXICO.- Las investigaciones que durante tres an~os se llevaron a cabo contra Guillermo Padre´s y sus presuntos co´mplices por delitos del fuero comu´n, no tienen valor alguno y ahora la Fiscali´a General de Justicia de Sonora (FGJS) debera´ comenzar de cero si au´n pretende fincarles alguna responsabilidad.

Al declarar inconstitucional la Fiscali´a Anticorrupcio´n de Sonora, un tribunal federal no so´lo determino´ en forma definitiva que ese organismo ya no podi´a investigar al exgobernador, sino que tambie´n anulo´ todas las investigaciones que integro´ en su contra.

Segu´n la versio´n pu´blica de la sentencia del amparo en revisio´n 194/2017, difundida la semana pasada, el primer tribunal colegiado en materia penal y administrativa de Hermosillo invalido´ tambie´n todas las actuaciones de las 5 indagatorias que llevaba esa Fiscali´a contra el sonorense.

El fallo fue ma´s alla´ de lo dictado el 16 de marzo de 2017 por el juez federal Manuel Rivera Navarro, quien en su momento determino´ que la Fiscali´a era inconstitucional, pero sus actuaciones debi´an turnarse a la Procuraduri´a Estatal para que continuara con las investigaciones.

Creada antes de tiempo

Segu´n el colegiado, si la Fiscali´a era producto de un decreto inconstitucional, por haber sido publicado el 28 de septiembre de 2015, antes de que el Congreso de la Unio´n emitiera las leyes generales del Sistema Anticorrupcio´n, entonces sus indagatorias tambie´n debi´an ser invalidadas.

"No fue correcto lo planteado por el Juez de Distrito al avalar el contenido de las averiguacio- nes previas (...). "En este orden de ideas, los acuerdos, diligencias o determinaciones emitidas por los agentes del Ministerio Pu´blico especializados en la llamada Fiscali´a Anticorrupcio´n que tengan fundamento directo en el Decreto declarado inconstitucional, deben declararse nulas", resolvio´ el colegiado.

Empezar de cero

Si bien la FGJS au´n puede indagar a Padre´s por los mismos hechos, su trabajo debera´ partir de cero, ya que no podra´ considerar ningu´n documento, testimonio, peritaje, cateo, aseguramiento o prueba diversa, obtenida o diligenciada en los u´ltimos tres an~os por la Fiscali´a Anticorrupcio´n de la entidad.

El juez en primera instancia sostuvo que debi´an prevalecer las investigaciones contra Padre´s, porque los investigadores actuaron bajo la figura del Ministerio Pu´blico, que tiene la facultad de indagar delitos, la cual no esta´ supeditada a la implementacio´n del Sistema Nacional Anticorrupcio´n.

Pero el colegiado sostuvo que, dada la autonomi´a funcional y te´cnica de las unidades administrativas de la Procuraduri´a de Sonora, los agentes del Ministerio Pu´blico so´lo podi´an conocer de los asuntos sobre los cuales tienen competencia por especialidad, como en este caso es la materia de combate a la corrupcio´n.

Este fallo fue votado por unanimidad por los magistrados Juan Manuel Garci´a Figueroa, Mario Toraya y Gabriel Alejandro Palomares Acosta.

El amparo fue presentado por Padre´s contra el aseguramiento de una casa en la zona rural de San Pedro El Saucito, cerca de Hermosillo, afirmando que era consecuencia de un cateo y una indagatoria ilegal.

EXP/RED/FRU/SEP/2018

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