Pensión y jubilación son un derecho, no un regalo del patrón: abogado

abogado hoyos abrilHERMOSILLO, SON.- La pensión o jubilación son un derecho adquirido a través de toda una trayectoria laboral, es un derecho humano fundamental de todo trabajador, encaminado a mejorar su calidad de vida al llegar a la vejez o cuando su capacidad disminuye por enfermedad o accidente; no es un regalo del patrón, expuso el abogado Hernán Arturo Moreno Hoyos Abril.

En entrevista para el noticiario Expreso 24/7, con Niria Andrade, el también especialista en Seguridad Social, explicó que una vez que el trabajador presenta la solicitud de jubilación, la Ley marca que tienen 30 días a partir de la fecha para que salga el trámite, sin embargo, el proceso puede llevar meses por diversas problemáticas.

Permiso prejubilatorio

"Hay dependencias como el Poder Judicial del Estado que otorgan un permiso prejubilatorio, que consiste en que al momento de hacer la solicitud, aunque no están en funciones, en lo que llega la jubilación, reciben su sueldo íntegro, creo que en el Magisterio es algo similar; aunque hay casos donde no sucede esto, como los trabajadores de la Unison", dijo Hernán Arturo Moreno Hoyos Abril.

En el caso del Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Universidad de Sonora (Steus), hay 150 agremiados que se jubilaron y no están recibiendo su pensión desde hace cuatro o cinco meses, por lo lento del trámite, y son personas que sufren enfermedades crónico degenerativas.

Lo que procede ahí, subrayó, es que una vez concluído el término prudente de 30 días que establece la Ley, la persona puede presentar un amparo para de esta manera, forzar a la dependencia, en este caso, Issssteson, a otorgar una pensión.

Descuento por Ley
El abogado y especialista en el tema señaló que la parte proporcional del sueldo que se le debe descontar al derechohabiente una vez que se jubila o pensiona, genera Impuesto Sobre la Renta (ISR), sobre el excedente de 13 salarios mínimos, cuando excede de un límite de 35 mil pesos; en caso contrario, no aplica y el trabajador recibe su pension integra.

Mencionó que en el caso del Isssteson, anteriormente se aplicaba un descuento del 10% para el propio Fondo de Pensiones, pero ya no se aplica, es decir, que esta prestación es libre de todo gravamen hasta el límite salarial.

La diferencia
Comentó que existe una diferencia muy grande entre un asegurado derechohabiente del IMSS, Issste e Isssteson; toda vez que el Seguro Social es un organismo fiscal autónomo y está facultado para realizar auditorías a los patrones en caso de haber discordancias en los salarios y la pensión.

En ese sentido, Issste e Isssteson se encuentran en desventaja, porque en la primera esta el bono de compensación garantizada, salvo algunos casos, como el sector magisterial a quienes les ingresan la totalidad de la cuota; no así, las otras dependencias quienes sólo reciben la parte proporcional al sueldo base. En Isssteson sucede algo similar.

EXP/RED/DAW/NOV/2018