Todo listo para que "vacaciones dignas" entren en vigor
Con la publicación del decreto en el diario oficial de la federación, todo se encuentra listo para que la ampliación a doce días del periodo vacacional para los trabajadores entre en vigor a partir del día primero de enero, explicó Román Holguin Villegas.
El abogado especializado en materia laboral, explicó que a partir de esa fecha los trabajadores que ya hayan cumplido su primer año de trabajo, estarán en condiciones de disfrutar sus vacaciones ampliadas, de acuerdo al esquema establecido por las empresas para la calendarización de los descansos.
“Solamente se reforman los artículos de la ley, en este caso el 76 y el 78, pero esos dos artículos son sumamente significativos para el trabajador, ya que en muchos de los casos prácticamente duplican las vacaciones que pueden tener después de un año de trabajo”, indicó el litigante.
Agregó que la modificación ya publicada en el diario oficial establece que ningún periodo vacacional después de trabajar un año será inferior a los doce días.
“Establece también cómo aumenta la tabla de días de vacaciones por año trabajado, si comparamos con la ley anterior, en el primer año eran seis días, ahora serán doce, dos años con catorce días, tres años serán 16 días de vacaciones, cuatro años con 18 días y así sucesivamente”, sentenció el especialista.
Precisó también que de ser el deseo del trabajador, la empresa deberá respetar y hacer válida la opción de que pueda disfrutar de manera continua el receso vacacional de doce días, o bien se ofrece la posibilidad de establecer acuerdos para dividir dicho periodo.
“Lo que recomendamos es que si van a acordar tomar el periodo vacacional discontinuo, por decirlo así, que la prima vacacional, que es un 25 por ciento, y con independencia de cómo se tomen las vacaciones se paguen en una sola exhibición”, afirmó Roman Holguin Villegas.
Opinó que no existe un escenario en que se le pueda negar a los trabajadores el ejercer directamente el periodo vacacional de doce días.
“Eso sería contrario a la ley, es obligatorio para todas las empresas, en dado caso creo que cualquier empresa formal no podría abstenerse de pagar esa prestación que ya está establecida en la ley a partir del primero de enero”, especificó.
Respecto a la sanción que podría a aplicarse en caso de presentarse un incumplimiento, esta iría de 25 a 250 UMAS.