Outsourcing fuera de registro será castigados por defraudación fiscal
Las empresas o personas físicas que realicen la contratación de esos servicios no podrán hacer deducibles o acreditables los pagos que hayan realizado por las obras o servicios contratados.
Las empresas de outsourcing que no tengan su registro vigente en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) serán sancionadas por el delito de defraudación fiscal, advirtieron las secretarías de Hacienda (SHCP) y del Trabajo (STPS).
En un comunicado conjunto aseguraron que quienes contraten servicios especializados sin registro al Repse no podrán hacer deducibles o acreditables dichos pagos.
"Se reitera a las personas físicas y morales que contraten servicios u obras especializadas a que realicen dicha contratación exclusivamente con empresas con registro vigente en el padrón del Repse de la STPS.
"El folio de la actividad que aparece en el aviso de registro del prestador de los servicios u obras especializados y la cantidad aproximada de trabajadores que ejecutarán dichos servicios deben estar señalados en el contrato de prestación de servicios u obras especializadas", señalaron las dependencias.
Por su parte, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la STPS reiteraron su compromiso con la aplicación correcta de las disposiciones fiscales y la prohibición que tienen las personas físicas y morales para prestar y contratar servicios u obras especializadas que formen parte de su objeto social y de su actividad económica preponderante del contratante.
"Los prestadores de servicios que oferten y ejecuten servicios especializados sin contar con su registro en el Repse, y aquellos que aún contando con él incumplan con sus obligaciones fiscales y de seguridad social, o con los requisitos de la Ley Federal del Trabajo en la materia, podrán ser sancionados por el delito de defraudación fiscal", subrayaron.
En tanto, las empresas o personas físicas que realicen la contratación de esos servicios no podrán hacer deducibles o acreditables los pagos que hayan realizado por las obras o servicios contratados.