Así puedes tramitar tu RFC si eres migrante
Para los migrantes interesados en obtener su RFC, el SAT ha proporcionado una serie de pasos a seguir.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha reportado un importante avance en la atención y registro de migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados y mexicanos repatriados en México. Desde febrero de 2022 hasta julio de 2023, más de 5 mil personas han tramitado exitosamente su Registro Federal de Contribuyentes (RFC) bajo un novedoso mecanismo de atención prioritaria.
Este proceso se ha implementado como parte de los esfuerzos del SAT para facilitar el cumplimiento tributario de los migrantes y brindarles acceso a los beneficios y servicios que otorga el RFC. Bajo este programa, se han atendido a migrantes de diversas categorías, incluyendo residentes temporales o permanentes, refugiados en México y mexicanos repatriados o en retorno.
¿Cómo obtener RFC?
Para los migrantes interesados en obtener su RFC, el SAT ha proporcionado una serie de pasos a seguir. Debido a que el trámite es presencial, es necesario agendar una cita a través del sitio web oficial del SAT. Una vez obtenida la cita, los solicitantes deben presentar la documentación requerida, que varía según su situación migratoria:
Extranjeros con condición de estancia de residentes temporales o permanentes deben llevar un documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en territorio nacional. También se requiere un comprobante de domicilio actual, con una antigüedad no mayor a cuatro meses, y una Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía.
Extranjeros con calidad de refugiado deben presentar una CURP temporal con fotografía, emitida por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar) o el INM, así como un documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la Comar.
Mexicanos repatriados necesitan una CURP temporal con fotografía, un comprobante de domicilio reciente y una credencial para votar desde el extranjero emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE).
Mexicanos en retorno deben tramitar una CURP permanente, presentar su acta de nacimiento o carta de naturalización en original, un comprobante de domicilio actual y una credencial para votar desde el extranjero emitida por el INE.
El SAT también ha considerado a las personas extranjeras que no cuentan con autorización para realizar actividades remuneradas pero que necesitan el RFC para otros fines. En este caso, deben proporcionar un escrito libre en el que expliquen los motivos por los que requieren su inscripción en el RFC, bajo protesta de decir verdad.