Conoce las diferentes causas de terminación laboral

La titular del Bufete Jurídico Ríos Aguilera explicó en el noticiero Expreso 24/7 las distintas causas de terminación de relaciones laborales.

Las causas que determinan la terminación de una relación laboral son varias, no sólo existen la renuncia y el despido, y no todas permiten recibir los mismos beneficios de parte de la empresa y el IMSS, explicó para el noticiero Expreso 24/7Ximena Ríos, socia titular del Bufete Jurídico Ríos Aguilera.

“La primera y la que todo el mundo conoce es la del mutuo consentimiento de las partes, es decir, la renuncia, la típica renuncia del trabajador que es aceptada por el patrón; la segunda, y que no se menciona tanto, es la terminación de relación lógica por muerte del trabajador, en la que los beneficiarios tienen el derecho de que se les pague el finiquito, se determina el contrato y cada uno recibe lo que se le otorga por derecho”, comentó.

Como tercera causa enlistó la terminación de relación de trabajo por vencimiento de la obra, que es cuando los trabajadores son contratados por tiempo definido, se acaba el tiempo y la consecuencia inmediata es la terminación del trabajo, en este caso, mencionó, el trabajador tiene derecho a vacaciones, prima vacacional de aguinaldo y también a su prima de antigüedad.

“La cuarta, que es la más interesante, y la que casi no se comenta, es la incapacidad física o mental, o inhabilidad del trabajador que hace imposible la prestación del trabajo; ya sea por riesgo de trabajo o alguna enfermedad general que priva al trabajador de ofrecer sus servicio, legalmente se puede dar por terminada la relación del trabajo, desde luego, se tiene que verificar lo que sucedió”, agregó.

Finiquito

“Como la relación laboral quedó terminada, se debe hablar de un finiquito o una indemnización que va a dar el patrón; en el caso del patrón, deberá pagar, si esa incapacidad física no es a causa del trabajo, deberá pagarle un mes de salario y su prima de antigüedad, además de sus prestaciones; es común que no se pague esto, pero existe el derecho de recibir esta indemnización en estos casos”, comentó.

En caso de la terminación laboral por causa de accidente laboral, ahí la cuestión cambia, comentó, ya que el patrón no pagará el mes de salario, sino sólo la prima de antigüedad, y es que a diferencia de la anterior, en este caso el Instituto Mexicano del Seguro Social deberá pagar una indemnización.

“También puede haber un Plan B, es decir, si el patrón, si así lo quiere, pues no es una obligación, puede otorgar un puesto en el que las aptitudes del trabajador sean compatibles para que no se dé por terminada la relación de trabajo”, finalizó.